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Con el inicio de la administración de Donald Trump el 20 de enero de 2025 y sus amenazas de deportaciones masivas, California ha tomado medidas preventivas para proteger a la comunidad de inmigrantes indocumentados, una de ellas la guía “Conoce tus derechos” para que puedan conocer sus derechos.
Por RPP
Fue el fiscal general de California, Rob Bonta, quien presentó el documento, que aclara los derechos sobre el acceso a servicios, así como en cualquier circunstancia.
Los derechos de los indocumentados en California
El estado de California presentó una guía de los derechos de los inmigrantes indocumentados:
Acceso a vivienda: California prohíbe que los proveedores de vivienda soliciten tu estatus migratorio, excepto si estás solicitando vivienda asequible financiada por el gobierno federal. Tampoco pueden intimidarte ni compartir información con ICE u otras agencias.
Acceso a atención médica: Todos tienen derecho a recibir atención médica de emergencia, independientemente de su estatus migratorio.
Protección en el lugar de trabajo: La ley estatal protege a los trabajadores contra el acoso y la discriminación basada en origen nacional, raza o etnia. No pueden usar tu estatus migratorio como represalia ni indagar sobre él, salvo excepciones específicas relacionadas con leyes.
Privacidad de datos: Tienes derecho a solicitar que las empresas dejen de vender tus datos personales o los eliminen.
Derecho a un abogado: Si eres detenido por la policía, tienes derecho a un abogado asignado por el gobierno. Si te detiene ICE, puedes consultar a un abogado. Encuentra ayuda legal gratuita en lawhelpca.org.
Acceso a informes policiales: Las agencias de seguridad locales y estatales deben permitirte acceder a tu informe policial, incluso si no puedes demostrar presencia legal.
Educación pública para tus hijos: Todos los niños tienen derecho a una educación pública gratuita, sin importar su estatus migratorio. Las escuelas no pueden pedir información sobre ciudadanía o inmigración, ni números de seguro social, para la inscripción.
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