La reforma a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), continuó su avance en el Congreso este miércoles, luego de que la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados despachara el proyecto a la Comisión de Hacienda.
La iniciativa aborda modificaciones para robustecer el marco institucional de la SMA, donde apuntan a fortalecer la fiscalización e incentivar el cumplimiento ambiental, así como desarrollar un modelo para agilizar la toma de decisiones, fijar reglas claras y dar respuestas más eficientes para los interesados.
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“Fortalecer la Superintendencia es robustecer la fiscalización ambiental. Estamos dando un enorme paso porque una mejor fiscalización significa proteger nuestro medioambiente y nuestro patrimonio natural. Que este proyecto avance es una excelente noticia para nuestro país”, declaró la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas.
Para la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, también se trata de una buena noticia, y señaló que “este proyecto tiene un objetivo muy claro que es proporcionar herramientas más eficientes y eficaces a la SMA para no solo realizar una mejor fiscalización ambiental, sino, además, fomentar el cumplimiento de la normativa por parte de los regulados”.
Asimismo, la superintendenta expresó que “estas modificaciones a la ley orgánica de la Superintendencia se enmarcan en la necesidad urgente de resguardar la salud de las personas y la riqueza natural de Chile y, con esto, garantizar el derecho de vivir en un medioambiente libre de contaminación”.
Entre las materias que aborda el proyecto, se encuentra una mejora en la gestión de las denuncias, con plazos más acotados para informar sobre la admisibilidad y la entrega de resultados. En tanto, se considera la posibilidad de que se mantenga en reserva la identidad del denunciante durante la etapa de investigación, además de que en caso de ruidos molestos en establecimientos no industriales o sin RCA, sean las municipalidades las que estén a cargo de la fiscalización.
El proyecto propone la creación de un procedimiento sancionatorio simplificado para las infracciones que sean clasificadas como leves, introduce vías alternativas de cumplimiento para desviaciones normativas de menor entidad y sin afectación al medioambiente o salud de las personas, y amplía la potestad cautelar de la SMA para dictar medidas en caso de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), cuando una actividad industrial genere un riesgo grave e inminente al medioambiente o la salud de las personas.