EE.UU. endurece su política sobre los hidrocarburos en Venezuela: extiende el plazo para el cese de operaciones de Chevron y aplica un arancel del 25% a países que compren crudo venezolano.
El 24 de marzo de 2025 ha sido un día muy movido en términos de la política de Estados Unidos en el sector de hidrocarburos en Venezuela. Por un lado, la Licencia General 41A (LG41A) fue modificada con la LG41B para extender el período de cese de operaciones de Chevron en Venezuela hasta el 27 de mayo (el lapso inicial vencía el 4 de abril). Además, el presidente Trump anunció tarifas o aranceles secundarios del 25% contra los países que compren crudo venezolano.
Voy a explicar, primero, el alcance práctico de estas medidas, para luego dar algunas claves sobre sus implicaciones, advirtiendo que estos son comentarios iniciales sobre una política todavía en evolución.
La LG41B se limita a extender el lapso de cese de operaciones de Chevron, del 4 de abril al 27 de mayo. Las motivaciones de esta medida no son explícitas, pero podría interpretarse como la necesidad de otorgar un mayor plazo para que Chevron cese operaciones en Venezuela, tanto en su condición de socio minoritario de empresas mixtas como de operador, al amparo del modelo contractual (CPP) establecido en la Ley Antibloqueo. A partir del 27 de mayo, Chevron no podrá mantener ninguna relación con PDVSA ni con el Gobierno, lo que implicaría su salida forzosa del mercado venezolano. Cabe recordar que Chevron ya no cuenta con ninguna licencia suplementaria (como la LG8) que le permita continuar operando en Venezuela luego del cese de sus actividades.
Una explicación alternativa es que esta prórroga sea una forma indirecta de mantener las operaciones de Chevron en Venezuela, lo que supondría prórrogas sucesivas. Sin embargo, esta hipótesis no es del todo convincente, pues mientras se mantenga la regulación del cese de operaciones, Chevron no contará con ningún marco que, desde la regulación de las sanciones económicas, otorgue estabilidad a sus ya precarias operaciones en el país.
Esto nos lleva a los llamados aranceles secundarios, que no responden a políticas comerciales, sino a las políticas de emergencia económica ancladas en la Ley de Poderes Económicos Internacionales de Emergencia. En resumen, Estados Unidos podrá imponer un arancel adicional del 25% a todas las exportaciones de países que compren petróleo y gas de Venezuela. El propósito final es desincentivar la comercialización internacional de hidrocarburos venezolanos. Esta medida ha sido justificada bajo el argumento de que el régimen de Maduro apoya al Tren de Aragua y, en general, implementa políticas criminales y abusivas que ponen en riesgo la seguridad de Estados Unidos, según lo señalado en la proclamación del pasado 15 de marzo.
Los aranceles secundarios complementan las sanciones económicas secundarias derivadas de la orden ejecutiva nº 13.884, que en 2020 se aplicaron contra empresas del grupo Rosneft. Sin embargo, los aranceles secundarios tienen un alcance mucho mayor, ya que no afectan solo a operadores específicos, sino a toda la economía. Además, la imposición de aranceles es un proceso más ágil que la adopción de sanciones económicas secundarias.
Tomemos como ejemplo a China, uno de los principales destinos —por diversas vías— del crudo venezolano. Como China importa petróleo desde Venezuela, enfrentará un arancel adicional del 25% sobre todas sus exportaciones a Estados Unidos. La adopción de estos aranceles puede basarse en una decisión política sin necesidad de cumplir con las formalidades más rigurosas que rigen las sanciones secundarias, las cuales afectan solo a operadores económicos específicos.
El objetivo final es desincentivar las importaciones de petróleo venezolano por parte de China y otros destinos como India, generando obstáculos adicionales para su comercialización internacional, incluso por canales irregulares.
Cabe destacar que los aranceles secundarios no afectan las exportaciones de crudo venezolano hacia Estados Unidos, las cuales dependen de la LG41B, que en todo caso impone el cese de operaciones de Chevron el 27 de mayo. A partir de esa fecha, de no haber cambios en esta licencia, cesarían las exportaciones a Estados Unidos.
Sin embargo, estos aranceles sí aplican a las exportaciones hacia otros destinos, incluso aquellas amparadas en licencias individuales, como en el caso de Repsol y Maurel & Prom. Resulta contradictorio, en todo caso, que la OFAC autorice exportaciones que luego son penalizadas con aranceles especiales. Una posible solución a esta inconsistencia es que la nueva política de aranceles venga acompañada de la revocación de licencias individuales y otros instrumentos regulatorios, como cartas de conformidad, que regulan la comercialización internacional de hidrocarburos venezolanos.
Implicaciones prácticas de este escenario
El resultado final situaría a PDVSA ante restricciones mucho más severas que las enfrentadas desde 2019. En otras palabras, las nuevas políticas no solo buscan reinstaurar la «máxima presión», sino implementar restricciones aún más drásticas que las adoptadas en enero de 2019.
Así, bajo este nuevo esquema, Chevron se vería forzada a salir de Venezuela, algo que no ocurrió en 2019. Además, la política de aranceles secundarios representa una restricción mucho más intensa que las sanciones secundarias. El efecto acumulado de estos cambios podría derivar en una contracción de la producción petrolera aún mayor que la experimentada en 2019.
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