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Miguel Campo, sj.: “Si las clarisas persisten en su ruptura de la comunión, se tendrán que ir del monasterio”

Autor: Jesus Bastante

“No lo puedo entender. Ojalá algún día lleguemos a saber qué es lo que ha sucedido. Y ojalá esto no llegue a consumarse”

“Te puedes ir, pues nadie puede limitar tu libertad individual, pero no puedes pretender llevarte la institución -católica- contigo”

“Existió el peligro de realizar otras operaciones, a las que en la doctrina canónica se denomina “actos equiparados a la enajenación”, por ejemplo, una hipoteca o la constitución de un derecho de superficie. La actuación diligente de nuestras autoridades eclesiásticas ha llevado a conjurar o limitar estos peligros”

“Iceta busca tender puentes y mostrar paciencia, pero al mismo tiempo, como autoridad eclesiástica, dar los pasos necesarios para defender el bien público de la Iglesia y la verdad de la vocación en la Orden de san Francisco y santa Clara”

“Si esto se llega a consumar -insisto ojalá no- tendrán que abandonar el inmueble del monasterio, y después llevar a cabo su vida como mejor les parezca, como cualquier ciudadano español, pero ellas ya no serán mojas clarisas. Respecto a esos señores, no tienen ningún título, ni civil ni canónico, para habitar en ese inmueble”

“Han ocasionado un daño a la Iglesia, han causado escándalo en el pueblo fiel, pero en nuestro adn está el perdón y el deseo de reconciliación. Ojalá recapaciten y no lleguen a dejar su casa, que es la Iglesia católica y la Orden franciscana”. El jesuita Miguel Campo, profesor de Derecho Canónico en Comillas, director del curso Especialista en Administracion de Bienes Eclesiásticos y miembro del equipo de asesoría jurídica en CONFER, es uno de los mayores especialistas en derecho canónico y eclesiástico y, como tal, vive en primera línea, desde hace un mes, el ‘cisma’ de las clarisas de Belorado.

Ahora, que acaba el plazo dado (con prórroga incluida) por monseñor Iceta, reflexiona para RD sobre lo que puede pasar, y el daño para la Iglesia: “Ojalá no lleguemos a ver la imagen de estas mujeres, y de esos señores, saliendo del inmueble por orden judicial y escoltadas por la Guardia Civil, pero si persisten en su ruptura de la comunión, llegará ese momento”.

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 – Como religioso, y como una de las personas que mejor conoce la vida religiosa española, ¿cómo estás viviendo el escándalo de las clarisas de Belorado?

Tras una primera reacción de estupefacción, con tristeza. No acabo de entender qué ha podido llevar a unas religiosas con buena formación a dar un paso este.

En la entraña de la vida religiosa está un firme compromiso con la Iglesia. Se puede no estar de acuerdo con determinados aspectos en la vida de la misma, pero se trabaja desde dentro. San Francisco, santa Clara, Santo Domingo, San Ignacio, Santa Teresa y la mayoría de los fundadores, fueron reformadores, pero desde el amor y la fidelidad a la Iglesia católica, en la cual, como señala el Concilio Vaticano II, subiste la Iglesia de Cristo.

Imagen publicada en la cuenta de Instagram de las clarisas de Belorado

Imagen publicada en la cuenta de Instagram de las clarisas de Belorado Instagram

Ojalá recapaciten y esto no llegue a consumarse; es bueno recordarnos que la Iglesia nunca echa a ninguno de sus hijos, las puertas del arrepentimiento y el perdón siempre están abiertas. El hecho de incurrir en una pena de excomunión no supone expulsión de la Iglesia, sí de la vida religiosa, es decir, de la condición de monja.

Han ocasionado un daño a la Iglesia, han causado escándalo en el pueblo fiel, pero en nuestro adn está el perdón y el deseo de reconciliación. Ojalá recapaciten y no lleguen a dejar su casa, que es la Iglesia católica y la Orden franciscana.

¿Es comprensible que unas religiosas contemplativas, de repente, quieran salirse de la Iglesia, llamen herejes a todos los Papas posteriores a Pío XII, y se pongan bajo la autoridad de un “obispo” fake? ¿Qué les ha podido pasar?

No lo puedo entender. Ojalá algún día lleguemos a saber qué es lo que ha sucedido. Y ojalá esto no llegue a consumarse.

Ceacero, en Belorado

Ceacero, en Belorado

-¿Hubo riesgo real de que las religiosas pudieran haber vendido los monasterios, o los bienes dentro de los mismos? ¿Pueden hacerlo todavía?

Los inmuebles no pertenecen a las monjas, en cuanto religiosas individuales, sino que pertenecen a la persona jurídica monasterio. Todo el mundo puede entender que si ingresas en una institución religiosa católica, un monasterio de clarisas, como es el caso, si un día decides abandonarlo, no te vas llevar el “monasterio” (los inmuebles y bienes muebles) contigo. Te puedes ir, pues nadie puede limitar tu libertad individual, pero no puedes pretender llevarte la institución -católica- contigo.

Tanto los inmuebles como los bienes muebles (entre ellos el dinero, que es el bien mueble por excelencia) pertenecen al monasterio, son fruto del trabajo de generaciones de monjas clarisas y de las donaciones de fieles que entregaron bienes para la misión propia de una institución católica (el monasterio), cuyo legado y voluntad la Iglesia católica tiene que proteger.

Nunca ha existido riesgo de enajenación, si la entendemos como una operación en virtud de la cual un bien sale del patrimonio de la persona jurídica, por ejemplo, con una venta o una donación, pero sí existió el peligro de realizar otras operaciones, a las que en la doctrina canónica se denomina “actos equiparados a la enajenación”, por ejemplo, una hipoteca o la constitución de un derecho de superficie. La actuación diligente de nuestras autoridades eclesiásticas ha llevado a conjurar o limitar estos peligros.

La legislación civil española, y no por privilegio de la Iglesia sino porque es así como funciona el derecho para regular la personalidad jurídica y la capacidad de obrar de las personas jurídicas, no permite que se actúe contra el marco jurídico que define las posibilidades de actuación de una persona jurídica, sea un monasterio, una fundación o una sociedad anónima. Es lo que se llama derecho estatutario.

Clarisas de Belorado

Clarisas de Belorado

Para la validez de un acto de enajenación tienen que concurrir los requisitos marcados por el derecho de la Iglesia, que actúa civilmente como derecho estatutario (pero que, insisto, son las mismas normas que se aplican a cualquier empresa u organización en España).

Respecto a los bienes muebles (desde el dinero hasta objetos artísticos), me cuesta pensar que las religiosas hagan o hayan podido hacer algo contrario a la ley, tanto civil como canónica. El propietario de todos esos bienes es la persona jurídica monasterio, no las monjas individualmente.

Todos esos bienes, inmuebles y muebles, pertenecen a un monasterio de monjas clarisas católicas, lo han sido en el pasado, lo son en el presente y lo seguirán siendo en el futuro con las monjas clarisas, católicas, que puedan profesar en ese monasterio. Esto no tiene por qué ser el final de esos monasterios.

Los bienes de un monasterio, lo mismo que los de cualquier orden o congregación religiosa, les fueron confiados a las monjas que les precedieron, y que vivieron su vocación en fidelidad al carisma propio, les han sido confiadas a unas personas -en tanto sigan siendo monjas católicas- y les serán confiados a las monjas católicas que en el futuro puedan habitar esos inmuebles

-¿Quiénes son los legítimos propietarios de Belorado, Orduña y Derio?

Lo son las personas jurídicas, el monasterio correspondiente. Los bienes de un monasterio, lo mismo que los de cualquier orden o congregación religiosa, les fueron confiados a las monjas que les precedieron, y que vivieron su vocación en fidelidad al carisma propio, les han sido confiadas a unas personas -en tanto sigan siendo monjas católicas- y les serán confiados a las monjas católicas que en el futuro puedan habitar esos inmuebles.  

La madre Javier, junto al obispo Iceta

La madre Javier, junto al obispo Iceta Diócesis de Burgos

 – ¿Qué puede hacer, a partir de ahora, monseñor Iceta?

Lo que está haciendo, en primer lugar, tender puentes y mostrar paciencia, pero al mismo tiempo, como autoridad eclesiástica, dar los pasos necesarios para defender el bien público de la Iglesia y la verdad de la vocación en la Orden de san Francisco y santa Clara.

 – ¿Las religiosas y los de la Pía Unión, pueden entrar y salir libremente, pueden hacer uso de las cuentas, vender trufas como clarisas de Belorado, no informar de la situación de las religiosas mayores a quienes no se ha visto….?

Si esto se llega a consumar -insisto ojalá no- tendrán que abandonar el inmueble del monasterio, y después llevar a cabo su vida como mejor les parezca, como cualquier ciudadano español, pero ellas ya no serán mojas clarisas. Respecto a esos señores, no tienen ningún título, ni civil ni canónico, para habitar en ese inmueble.

Las cosas llevan su tiempo, pero la realidad es que, si todo esto se consuma, se tendrán que ir de ese inmueble, pues ya no serán monjas clarisas ni pertenecerán a ese monasterio.

-Da la sensación de que las monjas y la Pia Unión no tienen intención de bajarse del burro… ¿Es inevitable la excomunión? ¿Qué más pasos se pueden dar?

Los que la autoridad eclesiástica, prudente y pacientemente está dando. Si persisten en su voluntad de ruptura de la comunión con la Iglesia católica y una vez esto haya sido comprobado jurídicamente, una a una, pues no existen excomuniones colectivas, se declarará que han incurrido en la pena de excomunión, que conlleva la expulsión de la vida religiosa, la prohibición de recibir los sacramentos y ejercer actos de potestad eclesiástica.

La pena es automática, una vez se comprueban los hechos; la autoridad se limitará a declarar que han incurrido en la pena. Después serán unas personas bautizadas, ya no monjas, que han incurrido en una pena canónica.

La excomunión es automática, una vez se comprueban los hechos; la autoridad se limitará a declarar que han incurrido en la pena. Después serán unas personas bautizadas, ya no monjas, que han incurrido en una pena canónica

-¿Qué delitos pueden estar cometiendo las religiosas, el falso obispo y el cura coctelero (canónicos y civiles)?

Canónicamente, las religiosas habrán incurrido en un delito de cisma. No tengo noticia de que hayan cometido ningún otro delito, ni canónico ni civil. Ahora bien, si en el futuro se comprobase que han enajenado (vendido o donado) bienes eclesiásticos sin licencia, o se llevan bienes muebles pertenecientes al monasterio, podrían incurrir delitos tanto en el marco canónico como en el del Código penal español.

Convento Nuestra Señora de la La Bretonera

Convento Nuestra Señora de la La Bretonera

¿Cómo crees que acabará esto? ¿Cuándo?

La justicia, tanto la canónica como la civil, es como un tren de mercancías. Es lenta, pero una vez en marcha es muy difícil pararla. Ojalá no lleguemos a ver la imagen de estas mujeres, y de esos señores, saliendo del inmueble por orden judicial y escoltadas por la Guardia Civil, pero si persisten en su ruptura de la comunión, llegará ese momento.

¡Ojalá se arrepientan y pidan el perdón que la Iglesia generosamente les otorgaría!

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