El camino de la ley de Amnistía en la justicia europea se adentra en su etapa final con la lectura de las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), un paso previo a la sentencia de Luxemburgo sobre las cuestiones prejudiciales elevadas por los tribunales españoles. En concreto, debe resolver preguntas que han planteado el Tribunal de Cuentas, en relación con la malversación y los gastos del referéndum del 1-O y si es posible extinguir la responsabilidad contable, y de la Audiencia Nacional, por la operación Judas, en la que se acusaba de terrorismo a algunos activistas independentistas de los comités de defensa de la república (CDR).
Este pronunciamiento del letrado luxemburgués Dean Spielmann, que no es vinculante, es muy relevante dado que la opinión del abogado general suele orientar las resoluciones de los magistrados. Pero no siempre coinciden. Por ello, en el entorno del expresident Carles Puigdemont acogerán con “cautela” lo que disponga el abogado.
Una vez conocidas las conclusiones, tras las vistas que se celebraron en julio, la sentencia definitiva podría llegar antes de que acabe el año. Puede tardar unas semanas o unos meses.
En las vistas del pasado mes de julio, el Gobierno de España chocó con la Comisión Europea, que cuestionó por medio del abogado comunitario Carlos Urraca –de nacionalidad española– el interés general de la norma que entró en vigor en junio del 2024, tras un pacto del PSOE con Junts y Esquerra para la investidura de Pedro Sánchez. Con todo, desde el ente comunitario descartaron que el olvido penal afectara a los intereses económicos europeos.
La posterior resolución sobre las cuestiones prejudiciales dará pistas sobre el futuro de Puigdemont y otros líderes del ‘procés’
Aunque la amnistía lleva en vigor más de un año y el Tribunal Constitucional avaló su legalidad el pasado junio, hay dirigentes independentistas que aún no se han beneficiado del olvido penal. Tal es el caso de Puigdemont, de los exconsellers que siguen expatriados –Lluís Puig y Toni Comín– y de otros dirigentes que siguen inhabilitados para el ejercicio de un cargo público, como Oriol Junqueras y Jordi Turull, entre otros.
El Supremo, en esos casos, se ha negado a aplicar el olvido penal al interpretar que los encausados no cumplen los requisitos estipulados en relación con el delito de malversación y que sí que hubo lucro personal.
El Supremo recurrió la norma ante el Constitucional, pero no elevó ninguna cuestión prejudicial a la justicia europea para cotejar si el olvido penal es compatible con el derecho comunitario, una posibilidad que se reservó para más adelante. Con todo, lo que diga el TJUE en la resolución de las prejudiciales que tiene ahora sobre la mesa marcará sin duda el camino de lo que pueda suceder con los dirigentes políticos encausados por el procés que aún no han sido amnistiados.
Más allá de las cuestiones prejudiciales del Tribunal de Cuentas y de la Audiencia Nacional, otros tribunales como el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) o un juzgado de Vilanova i la Geltrú han planteado las suyas, pero ahora solo se dirime sobre las de los dos primeros.
En cualquier caso, aunque la opinión del abogado general que se conocerá hoy suponga un revés para los intereses de los dirigentes independentistas que no se han beneficiado del olvido penal, sobre la mesa del Tribunal Constitucional hay pendiente de resolución otro recurso por la negativa del Supremo a aplicar la norma a los dirigentes a los que se condenó o se acusa de malversación. Esa sentencia debería llegar antes del segundo trimestre del año que viene, según el calendario que manejan en el órgano de garantías.



