La Corte Constitucional en sentencia C-280 de 2024, proferida el 11 de julio, estableció que a partir del 1 de agosto de 2025, todos los proyectos que requieran licencia ambiental deben incluir en la solicitud una evaluación de su impacto en el cambio climático.
Por: Daniela Andrea Hernández Oviedo*
Dejusticia (2024) demandó la constitucionalidad del inciso segundo del artículo 57 de la Ley 99 de 1993, norma que regula los estudios de impacto ambiental (EIA), imprescindibles para la solicitud de una licencia ambiental. Los EIA son un instrumento multidisciplinario que busca identificar los efectos que un proyecto tendrá en el medio ambiente, para así poder establecer medidas preventivas o correctivas sobre los impactos ambientales del mismo (Peña et al, 2023).
El artículo demandado establecía que el EIA debía analizar tres componentes sobre el área donde se realizaría el proyecto: elementos bióticos, abióticos y socioeconómicos (Ley 99, 1993, art. 57). Dejusticia (2024) determinó que ese análisis era insuficiente en la lucha contra el cambio climático al ignorar los efectos en distintos sectores por lo que con la demanda solicitaron que se actualizara la norma.
En sentencia C-280 de 2024 cuyo magistrado ponente fue Antonio José Lizarazo Ocampo, la Corte concluyó que el artículo debía ser declarado exequible bajo el entendido de que los EIA deben incluir un análisis de los impactos del proyecto en materia de cambio climático (Corte Constitucional, C-280, 2024). Adicionalmente, en la sentencia la Corte determinó que la norma era insuficiente para la adecuada protección constitucional al desconocer ciertos artículos de la misma, como el 79 y 80, que radican en cabeza del Estado el deber de garantizar el derecho a un medio ambiente sano, proteger la diversidad, entre otros (Reyes, 2024).
Por otro lado, la Corte exhorta al Congreso a expedir una regulación que incluya las medidas que el Estado debe utilizar para analizar los impactos del proyecto en materia de cambio climático y ordenó al Ministerio de Ambiente actualizar los términos de referencia para la realización de los EIA. Uno de los puntos más relevante del fallo es que establece que a partir del 1 de agosto de 2025 “la evaluación de los impactos en materia de cambio climático es exigible a las solicitudes de licencia ambiental o de renovación que se presenten” (Corte Constitucional, C-280, 2024).
La importancia de la decisión radica en que estando en un momento de emergencia climática, donde debe ponerse especial atención a la mitigación del cambio climático, es menester que el licenciamiento ambiental tenga en consideración el impacto de los proyectos en esa área (Dejusticia, 2024). Además, con este fallo, Colombia se posiciona como el primer país de América Latina y el Caribe en incluir el análisis de impactos en materia de cambio climático en los EIA (La Silla Vacía, 2024), por lo que se espera que esto anime a otros países a tomar decisiones en la misma línea.
Finalmente, los demandantes hacen énfasis en que la decisión era urgente gracias al rápido avance del cambio climático y sus efectos, especialmente en Colombia, país rico en biodiversidad, donde el licenciamiento ambiental es de gran relevancia ya que permite identificar como los proyectos inciden, por ejemplo, en la emisión de gases de efecto invernadero, entre otros, determinando si el proyecto conduce a la mitigación del cambio climático (Dejusticia, 2024). Es así como la decisión de la Corte Constitucional constituye un importante precedente en favor del medio ambiente y se espera que repercuta en la evaluación de las solicitudes de licencias ambientales, exigiendo mayor análisis de los proyectos frente a los desafíos propios del cambio climático.
En nuestro Blog, en el apartado sobre Actualidad Comentada, realizamos un análisis de esta jurisprudencia de la Corte Constitucional, al cual puedes acceder haciendo click en el siguiente enlace: https://medioambiente.uexternado.edu.co/analisis-de-la-sentencia-c-280-de-2024-el-cambio-climatico-como-eje-esencial-en-los-estudios-de-impacto-ambiental/
Bibliografía:
- Corte Constitucional. (11 de julio de 2024). Sentencia C-280 de 2024. [M.P: Lizarazo, A.].
- Congreso de la República de Colombia. (22 de diciembre de 1993). Ley 99 de 1993. DO: 41.146.
- Dejusticia (2024). Colombia: el primer país de la región que incluye el cambio climático en la licencia ambiental. Extraído de: https://www.dejusticia.org/cambio-climatico-y-licencias-ambientales/
- La Silla Vacía. Cambio Climático: el nuevo requisitos para entrega de licencias ambientales. Extraído de: https://www.lasillavacia.com/en-vivo/cambio-climatico-el-nuevo-requisito-para-entrega-de-licencias-ambientales/?utm_source=chatgpt.com
- PEÑA, D. et al. (2023). ¿Qué es un estudio de impacto ambiental? Global Standards, S. C. Extraído de: https://www.globalstd.com/wp-content/uploads/2023/06/Ebook_Que-es-un-estudio-de-impacto-ambietal.pdf
- REYES, J. (2024). Comunicado 29 de julio 11 de 2024. Corte Constitucional. Extraído de: https://www.corteconstitucional.gov.co/comunicados/Comunicado%2029%20-%20Julio%2011%20de%202024.pdf
Imagen: Pixabay (2014). Fumar, Chimenea y Contaminación. [Imagen]. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/fumar-chimenea-contaminaci%C3%B3n-258786/
*Monitora del Departamento de Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia.