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Entra en vigencia acuerdo de Cielos Abiertos con EE.UU.

Autor: Hogla Enecia Perez

República Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del Acuerdo de transporte Aéreo “Cielos Abiertos” con Estados Unidos.

La información fue dada a conocer ayer por el presidente de la República, Luis Abinader, a través de un mensaje en las redes sociales.

“¡Buenas noticias para la República Dominicana! Hemos sido notificados que han sido agotados los procedimientos necesarios para la entrada en vigor del Acuerdo de transporte aéreo ‘Cielos Abiertos’ entre nuestro país y los Estados Unidos”, escribió el mandatario.

Aprovechó el momento para felicitar, por su dedicación y esfuerzo en ese importante logro, a la comisión coordinada por el ministro de Turismo, David Collado, e integrada por el Dr. Leonel Melo, el Dr. Práxedes Castillo, la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, “con el valioso apoyo de Manuel Estrella, Mónika Infante y Frank Elías Rainieri”.

Sobre el acuerdo

En agosto de este año, el Gobierno dominicano y Estados Unidos, firmaron el convenio que desde hace 25 años venían tratando de concretar.

Esa disposición contó con la no objeción del Tribunal Constitucional, al declararlo conforme con la Carta Magna, así como con la aprobación por parte del Congreso de la República.

El acuerdo tiene el propósito de facilitar la expansión de las oportunidades en el transporte aéreo internacional entre las partes. Y establece que cada país concede derechos al otro para volar sobre su territorio sin aterrizar, a realizar escalas en su territorio con fines no comerciales, a realizar transporte aéreo internacional entre puntos en las rutas definidas en el acuerdo, así como los demás derechos especificados en el mismo.

Además de otros derechos especificados en el acuerdo, el de realizar transporte aéreo internacional entre puntos en las siguientes rutas: para aerolíneas de los Estados Unidos, “desde puntos anteriores a los Estados Unidos pasando por los Estados Unidos y puntos intermedios, a cualquier punto o puntos en la República Dominicana y más allá; y para el servicio exclusivo de carga entre la República Dominicana y cualquier punto o puntos”.

Como también para aerolíneas de la República Dominicana, “desde puntos anteriores a la República Dominicana pasando por la República Dominicana y puntos intermedios, a cualquier punto o puntos en los Estados Unidos y más allá; y para el servicio exclusivo de carga entre los Estados Unidos y cualquier punto o puntos”.

En el aspecto comercial, las aerolíneas de cada país tendrán derecho a establecer oficinas en el territorio del otro, para la promoción y venta de servicios de transporte aéreo.

Se reconoce el derecho de cada nación de notificar por escrito a la otra de su decisión de dar por terminado el acuerdo. La notificación se enviará simultáneamente a la Organización de Aviación Civil International.

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