Si usted es una persona elegible, la validez de su permiso de trabajo será extendida por 540 días luego de su vencimiento. Aquí le explicamos
Se espera que el 13 de enero de 2025 entre en vigencia la normativa con la que el Departamento Nacional de Seguridad (DHS) podrá extender de manera automática el Documento de Autorización Automática de Empleo (EAD por sus siglas en inglés) para ciertos migrantes en Estados Unidos. La validez de los permisos de trabajo será extendida por 540 días luego de su vencimiento.
Para aplicar a la extensión automática primero se debe someter una aplicación para renovar su permiso de trabajo antes que venza el permiso actual. Es importante mencionar que la medida es retroactiva para quienes realizaron la renovación de su EAD a partir del 4 de mayo de 2022, indica el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis).
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El EAD es un documento con el que la persona demuestra a los empleadores que puede ser contratada para trabajar. Para pedir la tarjeta de permiso de trabajo es necesario presentar ante el Uscis el Formulario I-765.
“Si presentó el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para renovar su Documento de Autorización de Empleo (EAD) que está por vencer, puede calificar para una extensión automática de la fecha de vencimiento impresa en su EAD mientras su solicitud esté pendiente”, explicó Uscis.
La normativa fue publicada el 13 de diciembre por el Departamento Nacional de Seguridad (DHS, por sus siglas en inglés) en el Registro Federal con el nombre de “Aumento del período de extensión automática de la autorización de empleo y la documentación para ciertos solicitantes de renovación de documentos de autorización de empleo”.
Tome nota de cómo aplicar
La extensión de la validez de los permisos de trabajo para ciertos migrantes se da bajo la Administración de Joe Biden y busca beneficiar a solicitantes de Estatus de Protección Temporal (TPS), asilados, refugiados, solicitantes de asilo cuyo caso esté pendiente y quienes estén en proceso de solicitud de residencia.
Antes de este cambio, los permisos laborales en proceso de renovación contaban con una extensión automática de 180 días. Para el EAD el interesado debe pagar una tarifa de 520 dólares si realiza la solicitud en papel y 470 dólares si lo hace en línea desde su cuenta Uscis.
“Si la persona no sabe de tecnología, que no lo haga en línea dado a que es más complicado, porque no es igual que la solicitud en papel”, recomendó Cindy Blandón, experta en temas de migración en Estados Unidos.
Para aplicar debe completar el Formulario I-765 que se puede obtener aquí, que está en inglés. Debe leer bien el documento porque muestra una serie de razones por las cuales se está llenando el formulario. En este caso se debe seleccionar el inciso 1.c que dice renovación de su permiso de empleo.
En el inciso precisa que el solicitante debe “adjuntar una copia de su EAD anterior”.
Posteriormente, deberá completar datos personales desde nombre legal completo, dirección postal en EE. UU., género, estado civil, entre otros datos personales como el Número de Seguro Social (SSN).
Hay un apartado sobre “otra información” donde le preguntan si usted en el pasado ha solicitado autorización de empleo, debe seleccionar “sí” o “no”, según sea el caso. En caso afirmativo debe proporcionar unas copias de sus EAD anteriores.
También en la solicitud en papel aparece en el apartado “Información sobre la categoría de elegibilidad”, por ejemplo si es una persona refugiada debe colocar “A03”, asilado “A05”, persona con TPS “A12”, solicitante de asilo pendiente “C08”.
Finalmente completado el formulario la persona podrá enviarlo en línea o a través del correo postal.
“Una vez que la persona manda su renovación, su I-765, con el permiso de trabajo en el recibo de ‘recibido’ aparece que hay 540 días, no es que te mandan otro documento”, explicó Blandón.
De hecho Uscis aclara que, en los casos aplicables, un EAD que ha expirado puede seguir siendo válido si se acompaña de un Formulario I-797C o Notificación de acción, el cual extiende su validez mientras se procesa la renovación.
La experta en leyes migratorias mencionó que a pesar de que el beneficio es útil para los migrantes, existe una gran problemática.
“En la actualidad por más que ese documento diga 540 días, si el empleador no mira un permiso de trabajo vigente con su fecha de expiración le dicen a los trabajadores ‘lo siento mucho’, y es política de la compañía”, compartió Blandón.
Recomendaciones para asilados o solicitantes de asilo
Los nicaragüenses solicitantes de asilo deben siempre precisar en el Formulario I-765 que su categoría es la C-08. En la solicitud en papel aparece en el apartado “Información sobre la categoría de elegibilidad”, precisamente en el inciso número 27 y después debe responder el inciso 30.
“En el caso de los asilados tiene que tener un caso pendiente, es decir, si le denegaron su caso en la Corte de Inmigración y el juez te dio una orden de deportación, tenés que tener una orden de apelación pendiente. Si aún no has tenido audiencia tu caso está pendiente”, mencionó Blandón.
Bajo esta nueva normativa, Blandón aclaró que en el caso de los solicitantes de asilo y asilados, la extensión de la validez del EAD no es nueva, pero ahora lo que “les están diciendo es que mínimo seis meses antes del vencimiento del permiso de trabajo para mandar la solicitud de renovación”.
Es importante mencionar que para determinar la fecha de vencimiento real de su EAD, la persona puede consultar la Calculadora de elegibilidad para la extensión automática donde pide colocar la fecha prevista de expiración de su EAD.