El Ayuntamiento de València, a través de su Delegación de Acción Cultural, ha convocado las ayudas económicas de 2025 destinadas al sostenimiento de la actividad y funcionamiento de las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que defiendan los intereses de profesionales del sector de las artes escénicas.
El objetivo es fortalecer el asociacionismo en el ámbito teatral, circense y de danza en la ciudad de València, apoyando proyectos de formación, innovación y mejora profesional. El importe global máximo destinado a esta convocatoria asciende a un total de 40.000 euros y se establece un límite máximo de 10.000 euros por proyecto.
Podrán beneficiarse de estas ayudas, que se otorgan en concurrencia competitiva, cualquier asociación o entidad que tenga su domicilio social en València y para actividades que haya desarrollado entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.
Así, cada asociación o entidad podrá presentar un único proyecto que incluirá en su Plan de Actividad el conjunto de acciones relacionadas con la defensa y representación de los intereses del sector. Este plan podrá incluir actuaciones en el ámbito de la promoción y difusión de las artes escénicas; estudios, consultas e informes sobre el sector; actividades de formación, asesoramiento profesional e información de interés para las personas socias; y la participación o realización de proyectos en colaboración con otras asociaciones, así como aquellos que contribuyan al crecimiento del sector; entre otras. No serán objeto de esta convocatoria la producción de espectáculos o de obras audiovisuales, ni la programación de festivales o circuitos de programación.
Para ello, se presentará solicitud debidamente cumplimentada mediante instancia electrónica, a través de la Sede Electrónica del consistorio, y según modelo normalizado. Junto a ella, se aportará la documentación indicada en las bases que incluirá la descripción pormenorizada del proyecto que recogerá la memoria de la actividad y en la que se especificará el nombre del proyecto, el objetivo, la descripción, el presupuesto total y la trayectoria de la asociación u entidad. Asimismo, se podrá adjuntar cualquier otra documentación relacionada con el proyecto que resulte oportuna. El plazo de realización de las actividades sujetas a subvención deberá concluir en todo caso antes del 1 de septiembre de 2025.
La ayuda es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se supere el coste total del proyecto.
La comisión evaluadora baremará y elaborará una relación priorizada de las entidades o asociaciones beneficiarias según la valoración de los siguientes criterios: trayectoria de la asociación o entidad; viabilidad del proyecto; interés, calidad y difusión; impacto sociocultural; y estructura laboral de la asociación o entidad.