Este año, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) aprobó e implementó el programa de Manteniendo a las Familias Juntas en Estados Unidos, también llamado “Parole in Place”. Este proceso permitía que los no ciudadanos que sean cónyuges o hijastros de ciudadanos estadounidenses soliciten el permiso de permanencia temporal en el país para luego aplicar al estatus de residente permanente legal, todo esto sin separarse de sus familias en el proceso.
Según explicó el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), ese permiso temporal se ejercía bajo la sección 212 (d)(5)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), la cual autoriza que ciertos ‘solicitantes de admisión’ no ciudadanos permanezcan en el país por razones humanitarias o de beneficio público significativo. Además, se les permitía trabajar por el tiempo establecido.
Sin embargo, como bien aclara la entidad en su sitio web oficial, a partir de una presentación judicial del estado de Texas, un fallo del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito del Este de Texas anuló la aplicación de la norma. Eso implica que se dieron por canceladas todas las citas relacionadas con el Parole in Place y que se dejaron de recibir presentaciones del formulario correspondiente.
Antes de su suspensión los interesados debían completar y enviar el Formulario I-131F desde la misma página web de la agencia. Estas solicitudes tenían una tarifa de US$580, sin exenciones. Si se aprobaba, el permiso expiraría tres años después de esa fecha, tiempo en el que la persona podía comenzar el proceso para la green card.
¿Cuáles son los criterios de elegibilidad para este formulario?
Los criterios de elegibilidad para Manteniendo a las Familias Unidas cambiaban dependiendo de la relación con el ciudadano. Si se trata de un cónyuge, Uscis informa que esa persona debía:
- Estar presente en Estados Unidos sin haber sido admitido ni haber recibido permiso de permanencia temporal.
- Haber estado físicamente presente de manera continua desde al menos el 17 de junio de 2014.
- Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense antes del 17 de junio de 2024.
- No tener antecedentes penales que lo descalifiquen.
- Presentar los datos biométricos y someterse a las verificaciones de antecedentes requeridas y a la investigación impuesta.
En el caso de los hijastros de un ciudadano norteamericano, debía:
- Haber sido menor de 21 años y soltero el 17 de junio de 2024.
- Tener padre o madre no ciudadano que contrajo matrimonio legal con un ciudadano estadounidense antes del 17 de junio de 2024 y antes de que el interesado cumpliera 18 años.
- Las otras mismas condiciones que el cónyuge.