Desde la Corte Penal Internacional emitieron un pedido para que se libren órdenes de arresto contra Benjamín Netanyahu por supuestos crímenes de guerra en la Franja de Gaza, sin embargo, podría haber un error ya que Israel no entra en la jurisdicción de la Corte Penal Internacional. Con el fin de ampliar este panorama, Canal E se contactó con el analista internacional, Alberto Ruskolekier.
“El fiscal general de la Corte Penal Internacional, que en este momento es un abogado britanico, en el mes de mayo de este año había pedido que se libren órdenes de arresto”, comentó Alberto Ruskolekier. “La orden de arresto es pedida por el fiscal pero hay una sala de estudios preliminares que finalmente tiene que aceptar las órdenes”, agregó.
Tanto Israel como Estados Unidos no pertenecen a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional
Posteriormente, Ruskolekier planteó: “Dentro de la Corte Penal Internacional existe una cámara de apelación que está integrada por 3 jueces, que eventualmente son los que van a tener que tener la palabra final”. Luego, manifestó que, “los países que aceptan la jurisdicción de la Corte Penal Internacional son 124, por ejemplo Israel no adhirió a ese estatuto de Roma, al igual que Estados Unidos”.
Cuál es el verdadero objetivo de la Corte Penal Internacional
Por otro lado, el entrevistado sostuvo que, “se está viendo que finalmente más que fallos jurídicos, la Corte Penal Internacional establece fallos que tienen sesgos políticos, castigando o no a personas según la ideología política en un momento determinado”.
En cuanto a la falla jurídica que tiene este tema, el analista internacional explicó: “La Corte Penal Internacional interviene entre países que aceptan la jurisdicción, Israel no aceptó la jurisdicción y no forma parte de la Corte Penal Internacional”. A su vez, remarcó que, “los supuestos crímenes de guerra de los cuales se acusa a Netanyahu en la Franja de Gaza, la Franja de Gaza tampoco es un país, por lo cual, desde ese punto de vista, tenemos 2 errores”.
Para finalizar, Ruskolekier expresó: “Lo que no es verdad es que no existe en Israel una situación y un poder judicial independiente, en consecuencia, el principio de complementariedad no podría aplicarse porque Israel tiene un sistema judicial”.