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Las claves del anuncio de Biden sobre migración: ¿quiénes se beneficiarán?, ¿cuándo se abre el proceso?, ¿afecta a los ‘dreamers’?

Autor: El Pais US

Apenas días después de adoptar una línea dura con restricciones a la política de asilo, el presidente Joe Biden trató de tomar otra dirección esta semana para proteger de la deportación a cónyuges indocumentados de ciudadanos estadounidenses y a sus hijastros. Es una medida que permite a estas personas solicitar la residencia permanente, un permiso de trabajo y facilitarles el camino hacia la ciudadanía. Hay algunas cuestiones del procedimiento que no se conocerán hasta que sean publicadas en el Registro Federal, pero de momento esto es lo que se sabe:

¿A cuántas personas afecta?

La Casa Blanca calcula que se puedan beneficiar medio millón de personas casadas — los cónyuges indocumentados de los ciudadanos—, y unas 50.000 personas más que corresponden a los hijos del cónyuge indocumentado de una relación anterior, es decir, a los hijastros del ciudadano. El Gobierno considera que la mayoría de estas personas lleva en el país más de 20 años y en su mayoría llegaron de México.

Este proceso no está abierto a quienes entraron al país con visado y prolongaron su estancia.

¿Hay otros requisitos además de los lazos familiares?

Quienes se beneficien de este cambio tienen que haber estado en Estados Unidos al menos 10 años hasta el día 17 de junio de 2024 y estar ligados por matrimonio legal con un ciudadano hasta esa fecha. La medida no beneficiará a quienes se casen mañana, pero sí a quien lo haya hecho, por ejemplo, el 15 de junio porque la Administración no exige una duración determinada del matrimonio.

El Servicio de Inmigración y ciudadanía añade que los interesados no deben tener historia criminal que les descalifique del proceso, ni constituir una amenaza a la seguridad nacional o la seguridad pública. Se les pide, además, ser discretos.

¿Cómo afecta a los ‘dreamers’?

La medida afecta a los dreamers que a su vez sean hijastros de un ciudadano estadounidense. Se calcula que serán unos 50.000. Los requisito aún no se conocen del todo, pero sí se sabe que tienen que tener menos de 21 años, no estar casados y tendría que ser menores de 18 en la fecha en la que se casó su progenitor.

¿Qué pasaba antes con estas personas?

El proceso implicaba la salida de Estados Unidos y muchos decidían no hacerlo. Cualquiera que entre en el país sin documentos legales y esté durante más de un año tiene que dejar el país durante una década antes de solicitar la residencia permanente. Se puede pedir que se reduzca este periodo de tiempo en otro país, pero es un proceso administrativo que puede causar mucha incertidumbre, sobre todo por el tiempo que se pueda demorar.

La excepción a esa regla de la salida por 10 años es el camino humanitario: un visado T por ser víctima de tráfico humano, visa U por ser víctima de violencia o a jóvenes desamparados, pero los requisitos son muy estrictos y hay un límite anual muy bajo.

¿Y ahora?

Estas personas no tendrán que hacer frente a la espera fuera del país. El Departamento de Seguridad Nacional aprobará sus casos individualmente y se les concede un periodo de tres años para solicitar la residencia permanente o la green card. Podrán quedarse con sus familias y se les permitirá trabajar durante esos tres años.

¿Cuándo se puede presentar la solicitud?

El Registro Federal aún tiene que publicar cómo será la implementación del proceso y explicar el proceso, además de ampliar los requisitos, el costo de la solicitud, que aún no está determinado, y los documentos o evidencias que apoyen el caso de cada solicitante. Se espera que el proceso de aplicación empiece “al final del verano”, según se explica en USCIS.

¿Cómo prepararse?

Hay que estar atento a las indicaciones en el Registro Federal pero se puede ir avanzando con la documentación que refleje cómo el cónyuge indocumentado ha estado en el país al menos 10 años hasta el 17 de junio, la evidencia del matrimonio legal hasta esa fecha y otros factores que el USCIS pueda considerar favorablemente relativos al carácter de quien lo solicita.

¿Se puede optar si se está en proceso de deportación?

Pueden hacerlo, el USCIS sopesará caso a caso las circunstancias del proceso de deportación y los méritos del solicitante. No obstante, si se está en el proceso de deportación porque es un caso prioritario según las directrices del secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas en septiembre de 2021, entonces el beneficiado queda fuera del proceso.

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