Inversiones forzosas: ¿cómo funcionan y qué efecto pueden tener en la economía de Colombia?

Autor: EL TIEMPO

El Gobierno de Gustavo Petro plantea apoyar la reactivación económica con la puesta en marcha de una ley de inversiones forzosas que permita destinar recursos del sector financiero a la ejecución de proyectos estratégicos, en sectores como turismo, energías renovables, agricultura y vivienda.

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La idea que ya se puso en marcha en el país hace más de 30 años consiste en redirigir una parte del dinero que actualmente se encuentra en los bancos hacia créditos de bajo costo destinados a sectores productivos elegidos para que estos fondos se destinen a impulsar actividades económicas clave, con el objetivo de reducir los costos financieros para estos sectores y fomentar la reactivación.

De acuerdo con un análisis de Corficolombiana, esas inversiones forzosas no son nuevas en el país, históricamente, se han implementado y “desmontado debido a sus efectos distorsionadores en el mercado financiero”, detallan.

Incluso señalan que de acuerdo con Joseph Stiglitz, la intermediación financiera facilita la canalización de recursos de los ahorradores hacia quienes necesitan financiar inversiones. “Sin embargo, enfrenta fallas de mercado debido a las asimetrías de información entre acreedores y deudores. Los deudores suelen tener mayor información, lo cual puede llevar a los intermediarios a restringir el crédito. Además, para los pequeños deudores, el alto costo de las transacciones individuales puede elevar considerablemente las tasas de interés de los préstamos”, dice Stiglitz.

En Colombia, según el último informe del sistema financiero, hasta mayo hay una cartera bruta de 688,4 billones de pesos y una cartera vencida de 35,5 billones de pesos.

Actualmente, la única inversión forzosa para los Establecimientos de Crédito (EC) en Colombia  la tienen los Títulos de Desarrollo Agropecuario (TDAs) que fueron creados por la Ley 16 de 1990 y emitidos por Finagro y que  están indexados a la DTF o la IBR menos un margen, con un plazo de un año. De esta forma, los establecimientos de crédito deben destinar el 1 por ciento de sus inversiones a TDAs.

En Colombia, la práctica ha sido recurrente a lo largo del último siglo, según lo señala el ex ministro de Hacienda José Antonio Ocampo citado por Coficolombiana, “la Ley 5ª de 1973 requería que los bancos destinaran entre el 15 y el 25 por ciento de sus recursos al sector agropecuario o adquirieran títulos emitidos por el Banco de la República”.

A partir de los años noventa, se decidió eliminar gradualmente estas inversiones, aunque se hicieron excepciones para el sector agropecuario y la vivienda de interés social. “La obligación de destinar una parte mínima del crédito hipotecario a la vivienda de interés social fue eliminada en 2004 mediante la Ley 546 de 1999. El sector agropecuario fue el único que mantuvo la inversión forzosa, aunque con un subsidio reducido y tasas de inversión, redescuento y préstamo vinculadas al DTF”, detalla el análisis de Corficolombiana.

inversiones

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Foto:iStock

Los Establecimientos de Crédito deben garantizar el ahorro del público y que gestionen de manera eficiente sus fuentes de fondeo en todo momento. 

Esto implica que la colocación e inversión de recursos en cartera y portafolio deben equilibrar las relaciones de riesgo (crédito y mercado) y retorno (tasas de interés) de manera continua. 

Además, deben realizar una gestión activa de la liquidez para asegurar que cuenten con los recursos adecuados para atender retiros y vencimientos que se presenten. 

Esto implica evaluar y manejar el riesgo de crédito de manera proactiva.

Para Corficolombiana, el incremento en las inversiones forzosas disminuye el margen de intermediación y por ende las utilidades y el espacio de crecimiento de los establecimientos de crédito mientras se deteriora su posición de liquidez, afectando las decisiones de colocación, inversión y fondeo. 

El ajuste de las entidades para proteger su negocio de intermediación del efecto de estas inversiones forzosas va en detrimento de los clientes, tanto deudores como depositantes. “Estos desafíos se intensifican en el contexto actual de ajuste que enfrentan los establecimientos de crédito”, apunta el documento.

Corficolombia además añade que las inversiones forzosas aumentan la carga de deuda pública para Sociedades Públicas Financieras (SPF) como sucede  con Finagro.

“Aunque las calificadoras de riesgo supervisan el endeudamiento del Gobierno Nacional Central y General, las Sociedades Públicas Financieras gestionan su propia fiscalidad, no incluida en la evaluación de riesgo. Así, el aumento de la deuda en sociedades  como Finagro no afecta directamente la deuda del Gobierno Nacional Central evaluada por calificadoras”, destacan.

Sin embargo, exponen que el uso excesivo de inversiones forzosas podría deteriorar la calidad crediticia de estas entidades y elevar el costo de la deuda soberana, aumentando así el costo de la deuda y del capital propio para todas las entidades y ciudadanos del país.

“Además, estas medidas generan incertidumbre regulatoria y reducen la percepción de facilidad para invertir y hacer negocios en el país, potencialmente incrementando el costo del capital a largo plazo”, apuntan.

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